Régimen de transición pensional: quiénes aún aplican
El régimen de transición pensional, creado por la Ley 100 de 1993, permite que ciertas personas conserven las condiciones de edad, tiempo de servicio y monto de pensión del régimen anterior al que estaban afiliadas, aunque la ley general haya cambiado.
¿Quiénes conservan el régimen de transición?
En términos generales, aplica a quienes al 1 de abril de 1994 tenían 35 años o más si son mujeres, o 40 años o más si son hombres, o quienes tenían 15 años o más de servicios cotizados, independientemente de la edad.
Excepciones y pérdida del beneficio
El régimen de transición se pierde si la persona se trasladó al régimen de ahorro individual con solidaridad (fondos privados) y no cumplía con los requisitos para regresar al régimen de prima media conservando la transición, según las reglas fijadas por la Corte Constitucional.
- El traslado entre regímenes tiene reglas estrictas sobre cuándo puede hacerse sin perder beneficios.
- El Acto Legislativo 01 de 2005 fijó como fecha límite general el 31 de julio de 2010 para el régimen de transición, salvo excepciones puntuales.
Cómo verificar si usted aplica
Lo primero es revisar su historia laboral en la entidad administradora correspondiente y determinar con precisión la fecha de afiliación y los traslados entre regímenes que haya tenido. Con esa información se puede establecer con claridad si conserva o no el beneficio de transición.
Imagen: Archivo del despacho
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Fredy Antonio Arenas Gutiérrez